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Mover activos virtuales es una actividad por derecho propio
La respuesta corta
Dubái considera los servicios de transferencia y liquidación de activos virtuales como una de sus ocho actividades de activos virtuales licenciadas, definida como la transmisión o transferencia y liquidación de activos virtuales de una entidad a otra entidad o de una entidad a otra billetera, dirección o ubicación. También es el único permiso que el Reglamento de Servicios de Custodia de VARA permite que un custodio mantenga en la misma empresa, sujeto a que el regulador esté satisfecho con la segregación. Por separado, la Regulación de Servicios de Tokens de Pago del Banco Central nombra la Custodia y Transferencia de Tokens de Pago como una de las tres categorías de servicio de tokens de pago, y el Artículo 2(1) establece que ninguna persona deberá realizar ningún servicio de token de pago dentro de los EAU o dirigido a personas en los EAU a menos que esté licenciada o registrada por el Banco Central para realizarlo. Esa prohibición vincula a cada persona de manera inmediata, sin excepciones para una licencia existente — y el reglamento lo dice expresamente en otra parte del mismo artículo, extendiendo las prohibiciones en los Artículos 2(2) y 2(3) a todas las personas, incluidos cualquier persona que actúe en el curso de realizar actividades de activos virtuales para las cuales está licenciada o regulada por el regulador federal de valores o por una autoridad de licencias local. Por lo tanto, lo que se mueve decide qué régimen se aplica, y puede ser ambos a la vez.
Hay una frase que escuchamos en casi cada conversación sobre infraestructura: no poseemos nada, no comerciamos con nada, solo lo movemos. Generalmente es cierta como descripción de la tecnología y generalmente es incorrecta como descripción del perímetro.
El movimiento no es la categoría residual que queda una vez que se han delimitado la custodia y el comercio. En Dubái es una actividad nombrada con su propia licencia y su propio reglamento, y a nivel federal es un tercio de un régimen separado que se aplica además de cualquier otra cosa que la empresa posea.
Cómo lo define Dubái, y por qué la definición es amplia
El Anexo 1 de la regulación de VARA define los Servicios de Transferencia y Liquidación de Activos Virtuales como la transmisión o transferencia, y/o liquidación, de activos virtuales de una entidad a otra entidad o de una entidad a otra billetera de activos virtuales, dirección o ubicación. Lee la última parte lentamente. No requiere dos clientes, o una relación contraparte, o un cambio de propietario beneficiario. El movimiento entre billeteras, direcciones o ubicaciones está dentro de la definición.
Eso es lo suficientemente amplio como para abarcar una gran parte de lo que sus creadores consideran como plomería: capas de liquidación, servicios de enrutamiento, operadores de puentes presentados como infraestructura, herramientas de movimiento de tesorería ofrecidas a terceros. Ya sea que uno en particular esté llevando a cabo la actividad como un negocio es una prueba separada, y VARA tiene la única y absoluta discreción sobre ello, teniendo en cuenta si la empresa se presenta como realizando esto como un negocio, la regularidad, escala y continuidad de la actividad, y si hay algún elemento comercial, incluido valor en especie. No hay un umbral de volumen publicado que coloque a una firma fuera del perímetro.
- Una de las ocho actividades de activos virtuales nombradas en Dubái, con su propio reglamento además de los cuatro obligatorios
- Alcanza transferencias a otra billetera, dirección o ubicación, no solo a otra entidad.
- Requiere una oficina privada, como indica VARA para siete de las ocho actividades.
- Se aplica ya sea que los clientes sean residentes en Dubái o clientes globales, donde la actividad se ofrece en o desde el Emirato.
- Lleva completos los reglamentos obligatorios de Empresa, Cumplimiento y Gestión de Riesgos, Tecnología e Información y Conducta del Mercado.
También es el único permiso que un custodio puede tener en la misma empresa.
La custodia es, en cambio, exclusiva. VARA requiere que un custodio sea una entidad legal separada de cualquier miembro del grupo que realice otras actividades de activos virtuales. El Reglamento de Servicios de Custodia hace una única excepción expresamente, y la transferencia y liquidación es esa: un custodio puede solicitar una licencia de Servicios de Transferencia y Liquidación de Activos Virtuales en la misma entidad, otorgada solo bajo la satisfacción de VARA en todos los requisitos relevantes, incluida la aplicación estricta de políticas que logren la segregación necesaria entre las operaciones de custodia y las operaciones de transferencia y liquidación.
Esto importa más de lo que parece. Para un grupo que tanto custodia como liquida, la diferencia entre una entidad y dos se decide por si se acepta un caso de segregación — y ese caso es una cuestión de diseño, no de presentación. La propia página pública de actividades licenciadas de VARA establece la regla de exclusividad sin mencionar la excepción, por lo que un lector que trabaje a partir del resumen planearía una estructura que el reglamento no exige realmente.
Si lo que se está moviendo es un token de pago, se aplica un segundo régimen.
La Regulación de Servicios de Tokens de Pago del Banco Central describe los servicios de token de pago como servicios de pago digital en los EAU que comprenden tres categorías: Emisión de Tokens de Pago, Conversión de Tokens de Pago, y Custodia y Transferencia de Tokens de Pago. El Artículo 2(1) establece entonces la prohibición en su propio derecho: ninguna Persona deberá realizar ningún Servicio de Token de Pago dentro de los EAU o dirigido a Personas en los EAU, a menos que dicha Persona esté Licenciada o Registrada por el Banco Central para realizar dicho Servicio de Token de Pago.
Ese párrafo establece la cuestión de la superposición por su propia redacción. Está redactado contra ninguna Persona, no lleva excepción alguna, y nada en él depende de lo que la firma posea. Por lo tanto, una licencia existente de activos virtuales no es una respuesta a la cuestión del token de pago — es una pregunta diferente, formulada por un regulador diferente, sobre el mismo movimiento del mismo activo.
La regulación también dice lo mismo en términos, aunque en los párrafos que siguen en lugar de en el párrafo 1. El Artículo 2(2), que abarca servicios similares o equivalentes a un servicio de token de pago realizado en un medio de pago que no es un token de pago, y el Artículo 2(3), que prohíbe los stablecoins algorítmicos y los tokens de privacidad, cada uno lleva la frase de que esta prohibición se aplicará a todas las Personas, incluida cualquier Persona que actúe en el curso de realizar actividades de Activos Virtuales para las cuales está licenciada o regulada por la SCA o por una Autoridad de Licencias Local. Leídos en conjunto, el artículo cierra la puerta y luego nombra a las personas que podrían haber pensado que estaba abierta para ellas.
Un punto adicional se establece en la misma regulación y vale la pena retenerlo. La denominación está fijada: los tokens de pago en dirhams deben estar denominados solo en dirhams, y los emisores de tokens de pago en moneda extranjera solo en una moneda extranjera.
Abu Dabi no tiene una actividad de transferencia, y ese es el punto.
La lista de actividades reguladas de activos virtuales de ADGM, establecida en COBS 17.1.1, contiene siete ítems: actuar como principal, actuar como agente, asesorar, organizar acuerdos, gestionar activos, proporcionar custodia, y operar una instalación de negociación multilateral. No hay actividad de transferencia o liquidación en la lista. La palabra transferencia aparece en su lugar como una modalidad dentro de la prohibición estatutaria en la sección 5A(4) del FSMR, que prohíbe llevar a cabo una actividad regulada que implique la emisión, venta, compra, transferencia o custodia de un stablecoin algorítmico, un token de privacidad o un activo digital que emplee tecnología similar.
Por lo tanto, un negocio de movimiento analizado bajo el marco de ADGM no pregunta si se ajusta a un permiso de transferencia. Se pregunta si el control que ejerce sobre los activos en tránsito equivale a Proporcionar Custodia — lo que te lleva a los tres arreglos de billetera, a la nota al pie que incluye diseños multichip que requieren que la firma mantenga una clave en el tipo de custodia externalizada, y a la palabra 'generalmente' que tanto ADGM como la guía federal utilizan en lugar de trazar una línea.
Dos regímenes, dos vocabularios, y un modelo de negocio que debe ser descrito con precisión en ambos. Ninguna descripción es una traducción de la otra, y una empresa no puede mapear una sobre la otra por nombre de actividad.
Donde están los clientes no te libera de ello.
Los perímetros aquí no son territorialmente precisos de la manera en que los fundadores esperan. El requisito de VARA afecta donde la actividad se ofrece en o desde el Emirato de Dubái, ya sea a clientes residentes en el Emirato o a clientes globales donde la actividad es permisible. La prohibición del Banco Central sobre los tokens de pago afecta a los servicios realizados dentro de los EAU o dirigidos a personas en los EAU, desde cualquier parte.
El resultado es que los clientes offshore no eliminan el perímetro de los EAU para una empresa con sede en los EAU, y estar fuera de los EAU no lo elimina para una empresa que apunta hacia adentro. Un solo plan de salida al mercado puede activar dos regímenes de los EAU y uno extranjero, y la interacción es una cuestión de estructuración más que un trabajo de cumplimiento.
Lo que debes decidir y no puedes buscar
Debajo de cada conversación sobre negocios de transferencia hay dos cosas, y ninguna tiene una respuesta publicada.
La primera es la caracterización. Si la cosa en tránsito es un activo virtual o un token de pago depende del propósito y uso más que del código, y ningún regulador publica cómo se caracteriza un instrumento de uso mixto o quién decide. La posición federal es que los activos virtuales para fines de inversión están bajo el regulador del mercado de capitales y los activos virtuales para fines de pago están bajo el Banco Central, lo que es una regla clara sobre una distinción que nadie ha hecho operativa.
La segunda es el control. Cuánto influjo sobre el camino de tránsito atrae a un negocio de movimiento a la custodia tampoco se establece en ningún lugar en el registro publicado, en Dubái o en Abu Dhabi. Esa es la diferencia entre una empresa licenciada y dos, y se decide por la arquitectura más que por la descripción de la misma.
- ¿La empresa alguna vez mantiene el activo, en algún sentido, durante el movimiento — y para quién?
- ¿Puede alguien en el grupo detener, revertir o redirigir una transferencia sin la instrucción del cliente?
- ¿El activo que se está moviendo es capaz de saldar una obligación, y se utiliza de esa manera?
- ¿El modelo toca saldos fiat también, que es un conjunto de obligaciones separado?
- ¿Dónde están las contrapartes, y dirige el plan servicios a personas en los EAU?
- Si el grupo también mantiene en custodia, ¿es el caso de segregación lo suficientemente fuerte como para mantener ambos en una única entidad?
Por qué esto es juicio en lugar de un archivo
La caracterización y el control son las dos variables que deciden un negocio de movimiento, y ninguna tiene una respuesta publicada. Se resuelven al leer una arquitectura específica de tránsito contra dos regímenes de los EAU con diferentes vocabularios, y al aceptar que uno de los dos reguladores puede tener una opinión diferente sobre el mismo diseño.
Si tu modelo mueve algo para alguien, tráenos el camino de tránsito, el activo y el plan de salida al mercado antes de que la entidad sea incorporada. Te diremos qué perímetros el modelo ocupa y qué tendría que cambiar para estar dentro de menos de ellos. Este es un comentario de estructuración más que un consejo legal, y no es una opinión sobre cómo cualquier regulador interpretará un conjunto particular de hechos.
En resumen
Qué tomar de esto
- VARA define transferencia y liquidación de manera lo suficientemente amplia como para capturar el movimiento entre billeteras, direcciones o ubicaciones, no solo entre entidades, y lo licencia como una de ocho actividades.
- Es el único permiso que el Manual de Servicios de Custodia permite a un custodio mantener en la misma empresa, y solo donde VARA esté satisfecha con la segregación.
- El régimen de tokens de pago del Banco Central nombra la custodia y transferencia de tokens de pago como su propia categoría, y el Artículo 2(1) prohíbe a toda persona realizarlo sin una licencia o registro del Banco Central, con la extensión expresa a personas ya licenciadas para actividades de activos virtuales en otros lugares de los EAU indicada en el Artículo 2(2) y 2(3).
- ADGM no tiene actividad de transferencia en absoluto; un negocio de movimiento allí se evalúa a través del control y la cuestión de la custodia en su lugar.
- Si un instrumento de uso mixto es un activo virtual o un token de pago, y cuánto control atrae a un negocio de transferencia a la custodia, ambos son no publicados — y ambos deciden el conteo de empresas.
- ¿Es mover activos virtuales una actividad licenciada en Dubái?
- Sí. Los Servicios de Transferencia y Liquidación de VA son una de las ocho actividades de activos virtuales que VARA licencia, definidas en el Anexo 1 de las Regulaciones como la transmisión o transferencia, y liquidación, de activos virtuales de una entidad a otra entidad o de una entidad a otra billetera de activos virtuales, dirección o ubicación.
- ¿Cubre una licencia de VARA mover una stablecoin?
- No por sí sola. El Artículo 2(1) de la Regulación de Servicios de Tokens de Pago del Banco Central establece que ninguna persona debe realizar ningún servicio de token de pago dentro de los EAU o dirigido a personas en los EAU a menos que esté licenciada o registrada por el Banco Central, y la custodia y transferencia de tokens de pago es uno de los tres servicios nombrados. Ese párrafo obliga a toda persona sin excepción. La regulación hace el mismo punto expresamente en los Artículos 2(2) y 2(3), que indican que esas prohibiciones se aplican a todas las personas, incluidos cualquier persona que actúe en el curso de actividades de activos virtuales para las cuales están licenciados o regulados por el regulador federal de valores o por una autoridad local de licencias.
- ¿Puede un custodio también tener una licencia de transferencia y liquidación?
- El reglamento de servicios de custodia de VARA permite a un custodio solicitar una licencia de servicios de transferencia y liquidación de activos virtuales (VA) en la misma entidad, pero solo se otorgará sujeta a la satisfacción de VARA en todos los requisitos relevantes, incluida la aplicación estricta de políticas que logren la necesaria segregación entre los dos conjuntos de operaciones.
- ¿Licencia ADGM para transferencias de activos virtuales?
- Las siete actividades reguladas de activos virtuales de ADGM, enumeradas en COBS 17.1.1, no incluyen una actividad de transferencia o liquidación. Un negocio de movimiento en ADGM se evalúa según si el control que tiene sobre los activos de los clientes equivale a Proporcionar Custodia, que es donde debe comenzar el análisis en lugar de terminar.
Fuentes
De dónde proviene esto
- VARA — Regulaciones sobre Activos Virtuales y Actividades Relacionadas 2023 (Anexo 1; prohibición general)
- VARA — Libros de reglas (reglamento de servicios de custodia; reglamento de servicios de transferencia y liquidación de VA)
- VARA — actividades licenciadas
- VARA — preguntas frecuentes
- Banco Central de los EAU — Regulación sobre Servicios de Token de Pago
- ADGM FSRA — Reglamento de Conducta de Negocios, COBS 17.1 (aplicación e interpretación)
- ADGM FSRA — Regulaciones de Servicios Financieros y Mercados 2015 (sección 5A)
- ADGM FSRA — Guía: Regulación de Actividades de Activos Virtuales en ADGM (VER07.100625)
- Autoridad del Mercado de Capitales (anteriormente SCA) — Directrices: Regulación de Activos Virtuales y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
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